Reglamento Cuanax

Artículo 1. CONTRATO

Al contratar los servicios ofrecidos por el hotel, el huésped acepta el presente reglamento, el cual deberá cumplir durante su hospedaje, considerándolo como el Contrato de servicio. El hotel se reserva el derecho de admisión.

Artículo 2. REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DEL HUÉSPED.

El huésped tiene la obligación de registrarse en la página web del hotel o en la tarjeta de registro, incluyendo los menores y acompañantes. Debe mostrar una identificación oficial del solicitante de hospedaje. Solo las personas registradas en la recepción pueden pernoctar en la habitación.

El hotel podrá negar el acceso a quien no cumpla este requisito y se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento a los huéspedes, la presentación de una identificación, con el fin de verificar su identidad. La información recabada será tratada conforme al Aviso de Privacidad disponible en la recepción y en: https://cuanaxhotel.com/

Artículo 3. TIEMPO DE HOSPEDAJE.

El huésped de conformidad con el hotel especificará en su registro el número de días que estará hospedado en el hotel. Se considera como unidad de tiempo en el contrato de alojamiento, el tiempo de un día.

La desocupación de la habitación (check-out) es a las 12:00 p.m. Posteriormente a la hora de salida acordada se podrá desocupar la habitación en un término no mayor a treinta minutos, como tolerancia. Si el horario de salida excediera del tiempo acordado y el tiempo de tolerancia, se cobrará la tarifa de una noche adicional con cargos incluidos, en cumplimiento de la NOM-010-TUR-2001, punto 6.1.2.1 inciso B.

Cuando no se haya fijado la duración del alojamiento en la tarjeta de registro, se entenderá el hospedaje contratado por un sólo día y las estancias por mayor tiempo se considerarán como prórrogas implícitas y voluntarias de veinticuatro horas cada vez, pudiendo el hotel poner fin o suspender el alojamiento por ausencia del huésped por más de veinticuatro horas con o sin previo aviso al huésped.

El registro de entrada (check-in) es a partir de las 14:00 horas.

Artículo 4. PAGO DE SERVICIO.

El huésped está obligado a realizar el pago puntual de los cargos generados por su estancia y los servicios contratados. En caso de incumplimiento, el huésped perderá el derecho de uso de la habitación, y el hotel podrá ejercer su derecho de retención sobre los bienes del huésped que se encuentren en las instalaciones, conforme a lo previsto por la legislación aplicable.

Para tal efecto, se levantará un inventario detallado en presencia de un testigo. El equipaje del huésped, desde el momento de su ingreso, se considerará garantía del cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas con el hotel.

El cobro de la habitación se realiza previo a la entrega, en el momento del check-in y de acuerdo a la renta convenida. No se aceptarán cheques personales como método de pago para ningún servicio dentro del hotel.

Artículo 5. PERSONAS ADICIONALES EN HABITACIÓN.

Los huéspedes no podrán alojar en sus habitaciones a personas diferentes de las registradas y en todo caso, deberán dar aviso previo a la administración de las personas que originalmente no se registraron, generándose un cargo adicional por cada persona no registrada. En ningún caso el número de personas alojadas en cada habitación podrá ser mayor a la capacidad asignada por el hotel.

Ninguna persona tiene derecho de dar alojamiento a otra, ni de aceptar visitas en las habitaciones, ni hacer arreglos para su registro o cuota sin el consentimiento previo de la administración.

Artículo 6. MENORES DE EDAD.

Los menores de edad estarán bajo la responsabilidad del huésped y/o tutor legal que los acompañe, quien deberá velar por su seguridad y buen comportamiento durante toda la estancia. Asimismo, el huésped y/o tutor será responsable por cualquier inconveniente o daño que el menor cause a otros huéspedes, al personal, o a las instalaciones del hotel, así como por cualquier accidente en el que el menor se vea involucrado dentro de las instalaciones.

Artículo 7. COMPORTAMIENTO DEL HUESPED

El huésped deberá mantener un comportamiento respetuoso y adecuado, garantizando la tranquilidad de los demás huéspedes, personal del hotel y el buen funcionamiento de las instalaciones, queda prohibido el uso de aparatos de sonido que perturben la paz y el descanso de los demás huéspedes El huésped que adopte una actitud agresiva, amenazante o irrespetuosa hacia el personal del hotel o a otros huéspedes, o que realice cualquier comportamiento que altere el orden y la tranquilidad del establecimiento, podrá ser solicitado a abandonar las instalaciones inmediatamente. Además, el hotel se reserva el derecho de denunciar tales comportamientos ante las autoridades competentes.

El hotel no discriminará a sus huéspedes por sexo, credo político, religión, nacionalidad o condición social, pero podrá negar sus servicios a aquellas personas que se presenten en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas o estupefacientes, o que intenten utilizar el servicio de hospedaje para fines distintos a los previstos.

Este establecimiento rechaza de forma categórica toda modalidad de trata de personas, en especial la explotación sexual y/o laboral de niñas, niños y adolescentes. En caso de detectar alguna situación relacionada con estos delitos, ya sea por parte de huéspedes, proveedores o colaboradores, el hotel activará de inmediato su Protocolo de Acción y dará parte a las autoridades competentes.

Artículo 8. USO DE INSTALACIONES

El huésped se compromete a hacer un uso racional y moderado de los muebles, equipos e instalaciones del hotel, cuidando de ellos debidamente. Todo huésped tiene obligación de dejar cerradas las ventanas y puertas, llaves de agua, apagar luces y aparatos eléctricos y entregar la llave de su habitación en la administración. La perdida de la llave o tarjeta de la puerta tiene un costo adicional.

En caso de que se cause algún daño, el huésped será responsable del costo de la reparación o reposición, según corresponda.

Se prohíbe el uso de las habitaciones para actividades ilícitas, comerciales o que alteren el orden.

La corriente eléctrica en su habitación es alterna, de 110 Voltios. Favor de no usar artículos de diferentes características y no sobrecargar las líneas. Sólo se admiten aparatos eléctricos y/o electrónicos que cumplan con los voltajes anteriores.

Se exige silencio, especialmente en horarios nocturnos, para garantizar la comodidad de todos los huéspedes. Se prohíbe alterar el orden o causar molestias a los demás huéspedes dentro del establecimiento, con la pena de ser desalojados del hotel por la autoridad correspondiente.

Artículo 9. Horarios del Hotel.

  • Restaurantes: Desayuno de 9 a 11 a.m., comida de 1 a 4 p.m., cena de 7 a 9 p.m.
  • Mezcalbar: hasta las 11 p.m.
  • Horario de limpieza de 10 a.m. a 1 p.m.
  • Área de juegos y karaoke: hasta las 10 p.m.
  • Área de fogatas y asadores con acceso a habitaciones: hasta las 10 p.m.
  • Hora de silencio a partir de las 11 p.m.

Artículo 10. ACTOS PROHIDOS POR LOS HUÉSPEDES:

  • Hacer ruidos molestos, provocar altercados, introducir música y en general cualquier acto que perturbe o incomode a los demás huéspedes.
  • Fumar cualquier tipo de producto relacionado al tabaco o marihuana y/o consumir cualquier tipo de estupefacientes dentro de las instalaciones. Cualquier huésped sorprendido en estas conductas será reportado a las autoridades correspondientes. Además, el hotel se reserva el derecho de aplicar un cargo adicional por concepto de limpieza.
  • Introducir cualquier tipo de arma de fuego a las instalaciones.
  • Utilizar las habitaciones para juego de azar prohibidos por la ley o celebrar reuniones o fiestas que alteren el orden público o contravengan las leyes o reglamentos vigentes.
  • Ejecutar actos que ocasionen daños o perjuicios al hotel y/o a los demás huéspedes o sean contrarios al decoro o comportamiento social.
  • Hacer uso de las instalaciones de la habitación para otro fin que no sea el de hospedaje como, por ejemplo, filmaciones, fotografías con equipo semi profesional o profesional o actividades comerciales con fines de lucro, etc.
  • Clavar clavos, colocar o pegar imágenes u objetos en las paredes y muebles, encender fuego, tener sustancias que por su fetidez o fácil descomposición molesten a los demás huéspedes, obstruir pasillos o corredores con maletas o bultos.
  • Colgar ropa u otros objetos personales en las ventanas, áreas de pasillos, puertas o instalaciones del hotel.
  • Ingresar con alimentos o bebidas del exterior, o hacer pedidos de restaurantes externos.
    Alojar menores de 18 años sin un adulto responsable.
  • Transitar en pijama o traje de baño por áreas comunes (lobby, restaurante, Mezcalbar, áreas de juego y fogata).

Artículo 11. MASCOTAS

Se permiten mascotas en las habitaciones designadas para ello: perros, gatos, máximo una por habitación de tamaño pequeño a mediano o con un peso máximo de 10 kg. También animales que prestan servicios de apoyo a personas con capacidades diferentes, quienes deberán presentar la documentación pertinente que acredite su función.

El acceso de animales tiene un cargo extra por servicio de limpieza y manejo. No se permite bañarlas en la ducha de la habitación ni usar toallas del hotel. 

Artículo 12. OBLIGACIONES DEL HOTEL.

En la presentación de sus servicios de hospedaje, se compromete al cumplimiento de lo expresamente pactado, de acuerdo con la naturaleza del alojamiento y las reglas apegadas al uso y a la práctica existente en esta plaza y a lo que ordenen las leyes y reglamentos aplicables.

Artículo 13. SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS.

El hotel no se hace responsable por los servicios prestados por terceros, distintos a los relacionados con el servicio de hospedaje, de los que no se tiene responsabilidad en el propio servicio y en el precio.

Artículo 14. SEGURIDAD

Todos los huéspedes están obligados a respetar los anuncios, señales y medidas de seguridad ubicadas en las diversas áreas del hotel. El incumplimiento de estas normativas exime al hotel de cualquier responsabilidad en caso de accidentes que puedan ocurrir como resultado de dicha negligencia.

Artículo 15. PERDIDAS Y ROBOS

El hotel no se hace responsable por las pérdidas o daños que el huésped pueda sufrir en sus habitaciones o en las instalaciones del hotel.

Los objetos o valores olvidados por los huéspedes quedarán en custodia de la administración por un tiempo de 15 días, concluido este tiempo y no habiendo reclamación, quedará a salvo la responsabilidad del hotel.

Artículo 16. ESTACIONAMIENTO.

Todo huésped que cuente con vehículo y circule dentro de la propiedad del hotel deberá respetar en todo momento los límites de velocidad y normas de seguridad establecidos por el mismo. El estacionamiento del hotel es para uso exclusivo de los huéspedes y clientes. El hotel no se hace responsable por daños ocasionados al vehículo derivado de caso fortuito, fuerza mayor o accidentes provocados por otro vehículo, robo de partes o artículos dejados dentro del vehículo.

Articulo.17. ENFERMEDADES

En caso de que algún huésped enferme durante su estancia, el hotel contactará a un médico para que lo atienda en su habitación, con cargo propio al huésped.

Si la enfermedad es de carácter contagioso, el huésped será responsable de su traslado a un centro médico adecuado a su cargo.

El presente reglamento está elaborado de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Turismo en vigor y lo previsto por el reglamento de dicha ley, y de conformidad con lo establecido por la NOM-10-TUR-2001, siendo su cumplimento obligatorio tanto para el hotel como para los huéspedes.

Este reglamento interno estará a la vista de los huéspedes y en la página web del hotel.

En los casos no previstos en el presente reglamento se atenderán a lo establecido en la Ley Federal de Turismo, su reglamento y demás disposiciones legales en la materia.

Articulo 18. PROMOCIÓN

El huésped acepta al contratar y hacer uso de instalaciones el uso de material audiovisual para la promoción de las actividades de la empresa. Fotografías y/o videos serán en uso común. En caso de no querer ser publicado lo comunicara a la administración. Este reglamento ha sido elaborado en cumplimiento con lo establecido en las NOM-010-TUR-2001 y NOM-07-TUR-2002